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Aguinaldo proporcional: cuánto te toca si no trabajaste el año completo

El mito más costoso de diciembre: creer que el aguinaldo solo existe si llegas al final del año. La ley dice otra cosa — se gana día con día, y si sales antes, la parte proporcional va dentro de tu finiquito.

Actualizado: noviembre de 2026 · Cifras oficiales 2026

La regla (Art. 87 de la LFT)

Todo trabajador tiene derecho a un aguinaldo anual de por lo menos 15 días de salario, pagadero a más tardar el 20 de diciembre. El propio artículo agrega la clave: quienes no hayan cumplido el año de servicio, «tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado». No hay excepciones por renuncia ni por despido: el aguinaldo se genera con cada día trabajado.

La fórmula

Son tres datos y una multiplicación:

Días de aguinaldo proporcionales = días que otorga tu empresa × (días trabajados del año ÷ 365). Después: aguinaldo proporcional = días proporcionales × tu salario diario.

Los días trabajados del año se cuentan en días calendario: desde el 1 de enero —o desde tu fecha de ingreso, si entraste durante ese año— hasta tu último día trabajado. Si sigues en la empresa, la cuenta llega al 31 de diciembre. Y recuerda obtener primero tu salario diario: mensual ÷ 30, quincenal ÷ 15, semanal ÷ 7.

Ejemplo 1: renuncia a mitad de año

Salario mensual de $12,000 → salario diario de $400. Llevabas años en la empresa y tu último día fue el 30 de junio de 2026. Días trabajados del año: del 1 de enero al 30 de junio = 181 días. Proporcional: 15 × (181 ÷ 365) = 7.44 días de aguinaldo. Monto: 7.44 × $400 = $2,975.34. Ese dinero no espera a diciembre: se paga dentro de tu finiquito, junto con las vacaciones proporcionales.

Ejemplo 2: entraste y saliste el mismo año

Mismo salario diario de $400. Ingresaste el 1 de julio de 2026 y saliste el 30 de noviembre de 2026. Días trabajados: 153. Proporcional: 15 × (153 ÷ 365) = 6.29 días → 6.29 × $400 = $2,515.07. Puedes comprobar ambos ejemplos en segundos con la calculadora de aguinaldo.

Impuestos: la exención de 30 UMA

El aguinaldo está exento de ISR hasta por 30 UMA —$3,519.30 en 2026, con la UMA diaria de $117.31 publicada por el INEGI—. Solo la parte que exceda ese tope paga impuesto. Por eso, en los dos ejemplos de esta guía el monto llega completo: $2,975.34 y $2,515.07 están por debajo de la exención. Quien sí rebasa el tope es, por ejemplo, un trabajador con salario diario de $500 y el año completo: su aguinaldo de $7,500 grava solo $3,980.70, y su neto estimado ronda los $7,127.72 con el método del Art. 174 del Reglamento de la Ley del ISR.

Fecha que no debes olvidar: 20 de diciembre. Si sigues trabajando, tu empresa debe pagarte el aguinaldo a más tardar ese día (Art. 87); si saliste antes, el proporcional ya debió venir en tu finiquito o liquidación. Si no aparece en ningún lado, la guía qué hacer si no te pagan explica la ruta gratuita para reclamarlo — tienes 1 año (Art. 516).

¿Y si mi empresa da más de 15 días?

La fórmula no cambia: sustituye los 15 días por los que otorgue tu contrato o la política de la empresa —20 o 30 días son comunes—. Con 30 días, el ejemplo 2 subiría a $5,030.14. La calculadora de aguinaldo trae ese campo editable justamente para estos casos.

Aviso importante: esta guía es informativa. El conteo exacto de días puede variar según los registros de asistencia y los criterios de cada nómina; los montos finales los determina la empresa al pagar y, en su caso, la autoridad laboral. Para asesoría gratuita está la PROFEDET: 800 717 2942 y 800 911 7877.
Preguntas frecuentes

Dudas comunes

¿Me toca aguinaldo si renuncié en marzo?

Sí. Te corresponde el aguinaldo proporcional a los días trabajados del año, del 1 de enero a tu último día, y se paga dentro del finiquito. No importa el mes en que salgas ni la causa de la salida: el aguinaldo se genera día con día de trabajo.

¿También me toca si me despidieron?

Sí, exactamente igual. El aguinaldo proporcional forma parte del pago al terminar la relación —finiquito o liquidación— sea cual sea la causa de la terminación, incluido el despido justificado.

¿Cómo se cuentan los días trabajados para el aguinaldo?

Son los días calendario del año en curso: desde el 1 de enero (o desde tu fecha de ingreso, si entraste ese año) hasta tu último día trabajado, contando ambos extremos. Esa cifra se divide entre 365 para obtener la fracción del año.

¿El aguinaldo proporcional paga impuestos?

Comparte la exención general del aguinaldo: hasta 30 UMA ($3,519.30 en 2026) están exentos de ISR. Si tu aguinaldo proporcional es menor que esa cantidad —lo más común al salir a mitad de año—, llega completo, sin retención.